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Villaverde y la Inquisición

JULIO HERNÁNDEZ GARCÍA.

La Inquisición española o Santo Oficio fue creada en 1478 por el papa Sixto IV a petición de los Reyes Católicos. Se caracterizaba por sufrir el control de los reyes, que nombraban a los inquisidores o los destituían según sus intereses políticos. Tenía un objetivo: perseguir a los falsos conversos, principalmente judíos, que a pesar de haberse convertido al cristianismo seguían practicando a escondidas su religión. Posteriormente fue ampliando sus competencias hasta convertirse en un mecanismo de control social, vigilando cualquier tipo de herejía.

INQUISICIÓN ESPAÑOLA

En un principio Madrid dependía del Tribunal de Toledo, hasta 1650, cuando se creó en la capital el Tribunal de la Inquisición de Corte. Tuvo mucha actividad en los siglos XVI y XVII, actuando en pocas ocasiones en el siglo XVIII.

En 1808 Napoleón la suprimió, lo mismo que hicieron las Cortes de Cádiz en 1812. Fernando VII la restauró en 1814, y en 1834 la regente Mª Cristina acabó con ella definitivamente.

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Aparte de los cargos oficiales, la Inquisición disponía de colaboradores voluntarios y no remunerados, que hacían de delatores, llamados “familiares de la Inquisición”. Solían ser gente del pueblo, aunque con el tiempo lo acapararon los caballeros. Ser nombrado “familiar” era un honor que conllevaba un reconocimiento y distinción social, implicaba “limpieza de sangre” y eran portadores de ciertos privilegios, como llevar armas para proteger a los inquisidores y exenciones de algunos impuestos.

Para poder ser nombrado “familiar”, se exigía a los aspirantes tener al menos 25 años, una genealogía limpia de toda sospecha de antecedentes judíos o moriscos, estar casados y cuya mujer debía ser honesta, honrada y de genealogía intachable. No podían serlo, a partir de 1604, los carniceros, pasteleros, zapateros, herradores y otros oficios parecidos. Lo primero y fundamental era demostrar la “limpieza de sangre”, es decir, no tener antecedentes judíos ni moriscos. Para ello se investigaba a los padres y abuelos a través de un interrogatorio y se confeccionaba la genealogía del solicitante y su mujer, que debía estar libre de toda sospecha.

Según el Catálogo de las causas contra la fe seguidas ante el Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición de Toledo, hubo en Villaverde varios vecinos que solicitaron al Tribunal informaciones genealógicas para ser “familiares de la Inquisición”:

— Pedro, natural de Villaverde y vecino de Villamanrique, y su mujer Juana la Monedera, natural de Pinto, lo solicitaron en 1590, aunque no consta para qué lo pidieron.

— Damián de Villaverde lo solicitó en 1592, y tampoco consta para qué lo pretendía.

— Alonso Muñoz, natural de Getafe, vecino de Villaverde, y su mujer Catalina de Pontes, natural de Villaverde, lo solicitaron en 1609.

— José y su mujer Manuela Delgado, natural y vecinos de Villaverde, lo solicitan en 1694 para acceder al cargo de “familiar”, como el anterior.

— Francisco Santos y su mujer, María Delgado, naturales y vecinos de Villaverde, lo solicitan para “familiar” en 1694.

— Tomás Horna, natural de Villaverde, e Inés Fernández, su mujer, lo piden en 1608 para cargo de oficial del Tribunal de la Inquisición de Cartagena de Indias (Colombia).

Felipe II implantó la Inquisición en América con el objetivo de evitar la entrada del protestantismo desde Europa. En 1569, se crearon los tribunales de México (Virreinato de Nueva España), de Lima (Virreinato del Perú) y el de Cartagena de Indias (Virreinato de Nueva Granada).

También tenemos noticias, por el Manuscrito de Halle (Julio Sierra), de la causa seguida por la Inquisición en 1595 contra Martín Barragán, labrador de 24 años y vecino de Villaverde, por mantener y difundir opiniones favorables a la despenalización moral de la simple fornicación, en los siguientes términos: “Pareçio de su voluntad en Madrid ante el inquisidor Gaitan y confeso haver dicho ante don Diego Vaçar (Bazán) que tener un hombre açeso carnal con una mujer soltera pagándoselo no era pecado y que lo dixo ignorantemente, y que después havia sabido que era pecado y lo benia a confesar. Examinado y ratificado, el dicho don Diego dixo haver oído al dicho Martín Barragán que no era pecado mortal tener açeso carnal con una mujer soltera y que reprehendiendoselo dixo que era pecado venial. Llamado percebero en su confesión y conclusa la causa se voto en conformidad que se le leyese la sentencia en la sala y oyese en ella misa en forma de penitencia y abjurase de Lavi”.

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