FACUA MADRID recuerda que todas las compañías de seguros deben contar con un servicio de atención al cliente donde el usuario pueda reflejar los posibles problemas o incidencias
FACUA Madrid advierte que las compañías de seguros están obligadas a entregar al contratante un ejemplar o copia de la póliza donde aparezcan las condiciones generales del producto que se está contratando. Asimismo, deben explicarse el alcance de la cobertura contratada, sus limitaciones, e indicar con claridad en qué supuestos surge a favor del asegurado el derecho a recibir la prestación contratada por la póliza.
La asociación recuerda que el valor del objeto asegurado debe coincidir con el valor real del mismo. De no ser así, la indemnización se reducirá proporcionalmente a la diferencia entre la prima convenida y la que realmente hubiese debido abonar para cubrir el valor real del bien.
Conforme a lo indicado pueden producirse dos situaciones:
— Infraseguro: esta situación se produce cuando el usuario posee bienes cuyo valor es superior a los realmente declarados en la póliza de seguros. De manera que la suma asegurada es inferior al valor real del bien asegurado, por lo que el seguro no cubre totalmente el valor del objeto. En estos casos la entidad aseguradora aplica la regla proporcional, y abona el siniestro solo en la proporción existente entre el valor asegurado y el valor real, salvo que se haya pactado otra cosa diferente.
— Sobreseguro: esta situación se produce cuando el valor real de los bienes es inferior al declarado en la póliza. La suma por la que se ha asegurado el bien es superior a su valor real. Si se produce el siniestro, se indemnizará por el valor real del daño ocasionado y no por el valor asegurado. Si el sobreseguro se debe a mala fe por parte de la persona asegurada, el contrato será ineficaz.
Cancelación del contrato y reclamación
La cancelación de la póliza contratada se debe hacer con un mes de antelación de la renovación de la cuota. Debe hacerse por escrito, indicando el número de póliza y adjuntando copia del DNI del titular.
Si la contratación del seguro se realiza a través de internet, el usuario tiene derecho a ejercitar su derecho de desistimiento, que consiste en la posibilidad por parte del consumidor de renunciar al contrato, sin necesidad de alegar ninguna causa y sin que se le pueda penalizar por ello.
El plazo para realizar dicha acción en los seguros de hogar es de 14 días naturales, y empezará a correr desde el día de la celebración del contrato. No obstante, si el consumidor no recibe las condiciones contractuales empezará a contar el día en que reciba la citada documentación.
En el caso de que surgiese cualquier tipo de problema, el consumidor puede dirigirse al Servicio de Atención al Cliente para formalizar la reclamación correspondiente.