FACUA Madrid informa de los derechos de los usuarios a la hora de contratar un seguro
La asociación advierte que las aseguradoras están obligadas a entregar al consumidor un ejemplar o copia de la póliza donde aparecen las condiciones generales del producto que se está contratando.
FACUA Madrid recuerda que todas las compañías de seguro deben contar con un servicio de atención al cliente para poder reflejar los posibles problemas o deficiencias.
A la hora de la contratación, la aseguradora debe explicar el alcance de la cobertura contratada, sus limitaciones e indicar con claridad en qué supuestos surge a favor del asegurado el derecho a recibir la prestación contratada por la póliza.
Las condiciones del contrato
La póliza, está compuesta por las condiciones generales, comunes a todas las pólizas del mismo tipo de seguro, y por las condiciones particulares, donde debe aparecer el concepto por el cual se asegura, el importe de la prima y su vencimiento, entre otros.
Asimismo, en los contratos también pueden aparecer las condiciones especiales, que son las que modifican algunos puntos de las condiciones generales, no pudiendo perjudicar al asegurado en relación a las anteriores condiciones pactadas.
Dentro del contrato están también las cláusulas delimitativas, son aquellas que describen el objeto asegurado y las garantías que quedan cubiertas o excluidas y las cláusulas limitativas, son aquellas que restringen o modifican los derechos de los asegurados a la indemnización una vez que se ha producido el siniestro.
Duración y cancelación
La duración del contrato no puede ser superior a diez años, aunque se puede pactar, en su caso, prórroga por periodos no superiores a un año. Las partes (tanto el tomador como la empresa aseguradora) pueden oponerse a la prórroga mediante notificación escrita a la otra parte efectuada con un plazo de dos meses de antelación a la fecha de finalización del contrato en vigor, para el caso del asegurador, y de un mes para el caso del tomador.
FACUA Madrid asesora a los usuarios sobre sus derechos cuando han sufrido un siniestro
La asociación recuerda que se debe comunicar a la compañía de seguros dentro de los siete días del percance sufrido.
FACUA Madrid recuerda que el tomador del seguro, la persona que lo contrata, está obligado a emplear todos los medios a su alcance para aminorar las consecuencias del siniestro ya que no de hacerlo da derecho al asegurador a reducir su prestación a la proporción oportuna.
Asimismo, el tomador, debe facilitar toda clase de información al asegurador referente a las circunstancias y consecuencias del siniestro. En caso contrario puede perder su derecho a la indemnización si se prueba que el tomador ha actuado mediante dolo o culpa grave.
Las obligaciones de la aseguradora
La compañía enviará un perito para evaluar las consecuencias del siniestro. El perito emitirá un informe en el que determinará las causas del siniestro, valoración de daños y todas las cosas que influyan en la determinación de la indemnización, además de proponer un importe.
La aseguradora, está obligada a pagar, al menos, la cuantía mínima en la que se estime la indemnización, en el plazo de 40 días desde que se le comunicó el siniestro y de forma completa a los tres meses desde esa misma fecha.
Peritaje y reclamación
Si el usuario no está conforme con el peritaje realizado por la compañía de seguros puede solicitar un contrainforme de otro perito. En el caso que surgiese cualquier tipo de problema, el consumidor puede dirigirse al Servicio de Atención al Cliente para formalizar la reclamación correspondiente.
En la queja o reclamación, se debe hacer constar con claridad el motivo de la misma, identificación completa del reclamante, la fecha y firma y aportar copia de toda la documentación que se estime conveniente.