FRANCISCO DEL BARCO LÓPEZ.
Me gustaría saber qué está haciendo usted como concejal de nuestro distrito para frenar la construcción del crematorio de la M-40. Dígale a su señor alcalde que en la sentencia del Tribunal Supremo no dice que se les tenga que dar la licencia, todo lo contrario. Otras sentencias hay del Tribunal Supremo que se han saltado como la del 1/30 en el taxi o la de las cocinas fantasma. Aquí lo tienen muy fácil: está prohibido construir crematorios a menos de 250 m de edificios, escuelas, etc., como va a ser éste si por desgracia y por servir a no sé qué intereses se llega a construir. Basta ya de llevar a la zona sur todo lo que los barrios ricos no quieren. Estamos hartos. Cumpla usted y el alcalde con su trabajo y con la legalidad. Gracias.
Gracias por su mensaje y por trasladar su preocupación sobre la posible construcción del crematorio de la M-40. Aunque esta instalación se ubicaría en el distrito de Usera, somos conscientes de la inquietud que genera en los vecinos de Villaverde por su proximidad.
Es importante señalar que el Tribunal Supremo, en su sentencia del 12 de julio de 2021, anuló la denegación de la licencia por parte del Ayuntamiento de Madrid, basándose en la Ley 34/2007, de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera. Esta ley, que tiene un rango superior a la normativa municipal, establece que la contaminación debe corregirse en la fuente misma, lo que implica que las limitaciones de distancia deben interpretarse junto con los avances normativos y tecnológicos actuales.
Es importante aclarar que el órgano competente otorga la licencia en cumplimiento firme de una sentencia del Tribunal Supremo, que obliga al consistorio a conceder dicha autorización. Como Administración pública, el Ayuntamiento tiene el deber legal de acatar las resoluciones judiciales, independientemente de la postura que pueda tener al respecto.
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