- Ocupar la vía publica contra “lo dispuesto por la ley” ¿Qué ley? ¿Se refiere a una ocupación violenta o bastara con la mera presencia pacifica de un grupo de personas? ¿Impedir un desahucio?¿Una asamblea en la calle o en una plaza? MULTA DE 100 A 600 EUROS.
- “Perturbar el desarrollo de una reunión o manifestación licita” ¿A que alteración se refiere? ¿Desviarse de un recorrido? ¿Corear consignas contrarias? ¿Quién lo interpreta? MULTA DE 601 A 30.000 EUROS.
- Incumplir “las restricciones de circulación peatonal o itinerario con ocasión de un acto publico, reunión o manifestación, cuando provoquen alteraciones menores en el normal desarrollo de los mismos”. ¿cuáles? ¿Bordear una plaza no prevista? ¿Dispersarse? MULTA DE 100 A 600 EUROS.
- “Ocupar cualquier inmueble (…) o permanecer en ellos (…) contra la voluntad de su propietario o titular”. Esta redacción abarca incluso la sentada pacifica ante un centro de salud, encerrarse en una oficina bancaria o ante un instituto amenazando el cierre. MULTA DE 100 A 600 EUROS.
- “Perturbar gravemente la seguridad ciudadana que se produzca con ocasión de reuniones o manifestaciones frente a las sedes del Congreso de los Diputados, el Senado y las asambleas legislativas de las comunidades autónomas, aunque no estuvieran reunidas”. MULTA DE 601 A 30.000
- Reuniones o manifestaciones no comunicadas o prohibidas en la infraestructuras o instalaciones en las que se prestan servicios básicos para la comunidad”. ¿La protesta ante un hospital? Cortar una carretera? MULTA DE 30.001 A 600.000 EUROS.
- “Colgar fotos o difundir videos de autoridades o policías si suponen un peligro para su seguridad personal o familiar”. ¿Quién define el peligro? ¿Cómo se mide? MULTA DE 601 A 30.000 EUROS.
- Reenviar mensajes de protestas no autorizadas en redes sociales, so pena de sufrir el mismo castigo que los organizadores aun sin haber acudido a la protesta”. MULTA DE 30.001 A 600.000 EUROS.